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Grupos de trabajo temáticos - Undécima Legislatura 2021-2026

El Título X del Reglamento de la Cámara de Representantes (Octubre de 2017) determina las condiciones para la creación de grupos de trabajo temáticos dentro de la Cámara de Representantes, así como sus atribuciones y composición.

Título X

GRUPOS DE TRABAJO TEMÁTICOS TEMPORALES

Sección Primera : DISPOSICIONES GENERALES

  Artículo 119

Se crean los Grupos de Trabajo Temáticos por decisión de la Mesa de la Cámara, a iniciativa del Presidente de la Cámara o a petición del presidente de un grupo o agrupamiento parlamentario.

Los Grupos de Trabajo Temáticos tienen carácter temporal y cuya labor se termina con la finalización de la misión que ha motivado su creación o por decisión de la Mesa de la Cámara.

  Artículo 120

Los Grupos de Trabajo Temáticos temporales solo podrán crearse si la misión que se les encomienda:

- Es competencia de dos o más Comisiones Permanentes;

- Se refiere a la realización de estudios e investigaciones y a la elaboración de informes que no sean del papel legislativo y de control de las Comisiones Permanentes.

  Artículo 121

Grupos de Trabajo Temáticos temporal estará compuesto por un representante de cada grupo y agrupamiento parlamentario, atendiendo en su constitución a los principios de paridad, especialización y pericia.

Los puestos vacantes se sustituirán según la proporción de cada grupo o agrupamiento parlamentario.

  Artículo 122

Los Grupos de Trabajo Temáticos temporales estarán compuestos por un presidente y una mesa integrada por dos miembros, uno de ellos perteneciente a la oposición.

La Mesa de la Cámara asignará la presidencia del grupo a uno de sus miembros atendiendo a la regla de representación proporcional.

  Artículo 123

Los Grupos de Trabajo Temáticos temporales cumplirán la misión que se les encomiende con arreglo a las condiciones y normas definidas por el presente Reglamento Interno, y sobre la base de la orden de misión establecida por la Mesa de la Cámara en la decisión de su creación. 

  Artículo 124

El Grupo de Trabajo Temático temporal deberá presentar su informe en un plazo no superior a tres (3) meses contados a partir de la fecha de su creación. En caso de resultar imposible, deberá presentar un informe parcial sobre la base del cual la Mesa de la Cámara decidirá si el grupo debe proseguir el desempeño de su misión hasta su conclusión o poner fin a la misma.

  Artículo 125

Los informes elaborados por los Grupos de Trabajo Temáticos temporales se someterán a la Mesa de la Cámara que se pronunciará sobre ellos. Si la Mesa decide someterlos a la sesión plenaria, los distribuirá a todos los miembros de la Cámara al menos cuarenta y ocho (48) horas antes de su discusión en la sesión plenaria.

  Artículo 126

La Mesa de la Cámara pondrá a disposición de los Grupos de Trabajo Temáticos temporales que cree todos los recursos materiales y humanos necesarios, incluidas las pericias y las consultas necesarias, para que puedan cumplir su misión en las mejores condiciones.

SECCIÓN 2 : GRUPO RELATIVO A LOS ASUNTOS AFRICANOS

  Artículo 127

Con el fin de fortalecer los vínculos de cooperación y solidaridad con los pueblos y países africanos, lo que se ha convertido hoy en una opción estratégica;

Fortaleciendo y contribuyendo al éxito del proceso de cooperación política, parlamentaria, económica, social, cultural y de seguridad basado en los estrechos vínculos y relaciones forjados por Marruecos con el paso los años con los países africanos;

Consciente del importante papel conferido a la Cámara de Representantes en el apoyo y el desarrollo de estas relaciones;

Se crea, por decisión de la Mesa, un Grupo de Trabajo Temático temporal encargado de seguir los diversos ámbitos de cooperación Marruecos-África a través de los mecanismos disponibles de los que dispone la Cámara en materia de legislación, control, evaluación de las políticas públicas y diplomacia parlamentaria, de explorar todos los medios de apoyo y de adoptar iniciativas encaminadas a reforzar la solidaridad africana.

El Grupo elaborará informes, llevará a cabo investigaciones y estudios y organizará seminarios científicos y parlamentarios sobre el continente africano y la cooperación Marruecos-África.

El Grupo estará compuesto al menos por un miembro de cada grupo y agrupamiento parlamentario, teniendo en cuenta los derechos de los representantes no adscritos.

SECCIÓN 3 : GRUPOS RELATIVOS A LOS ASUNTOS NACIONALES E INTERNACIONALES

Y AL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO 

  Artículo 128

En el marco de las constantes y los principios en los que se basa la política exterior de Marruecos, fundada sobre la apertura, la convivencia, la comunicación con los diferentes pueblos y la defensa de las justas causas en todos los lugares, y conforme a la diplomacia parlamentaria de la Cámara, teniendo en cuenta las competencias de las Comisiones Permanentes, se crean Grupos de Trabajo Temáticos temporales, cada uno en su ámbito de competencia, que se encargarán de:

- La primera causa nacional de Marruecos: la integridad territorial del Reino;

- La construcción del Magreb;

- La cooperación árabe, islámica, europea, americana y asiática;

- La causa palestina justa.

Se crea, asimismo, un Grupo de Trabajo Temático temporal encargado del derecho internacional humanitario, en tanto que mecanismo complementario de las disposiciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, siendo una de sus funciones, como fuerza de propuesta, contribuir a la armonización de la legislación marroquí a las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario, a la difusión de sus disposiciones y a la promoción de su cultura.

Dichos Grupos Temáticos llevarán a cabo estudios e investigaciones que no sean de la competencia legislativa y de control de las Comisiones Permanentes.

Dichos Grupos se someterán a las mismas disposiciones que las establecidas en la primera sección del presente Título.

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Grupo de Trabajo Temático Temporal encargado de evaluar las condiciones y circunstancias de aplicación del la Ley 103.13 relativa a la Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres

Grupo de trabajo Temático encargado de la Evaluación del Plan Nacional de la Reforma de la Administración 

Grupo de Trabajo Temático encargado de la Evaluación de la Política Hídrica 

Grupo de Trabajo Temático encargado de la Evaluación del Plan Marruecos Verde

Archivo de grupos de trabajo temáticos